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Declaración de la Renta 2023: Deducción del 15% por la Compra de Vehículos Eléctricos

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Declaración de la Renta 2023: Deducción del 15% por la Compra de Vehículos Eléctricos


En la declaración de la Renta 2023, la principal novedad es la deducción del 15% en el IRPF para quienes compren vehículos eléctricos, híbridos enchufables o de pila de combustible. El plazo de presentación comienza el 3 de abril de 2024 y finaliza el 1 de julio de 2024.

Deducción por Compra de Vehículos

Los compradores de vehículos eléctricos, híbridos enchufables, de autonomía extendida o de pila de combustible durante 2023 pueden deducir un 15% en el IRPF, con un máximo de 3.000 euros. Esta deducción también se aplica a cuadriciclos y motocicletas. Además, se puede deducir hasta un 15% del coste de instalar un punto de recarga en el domicilio, con un límite de 4.000 euros.

Beneficios Fiscales para Personas con Discapacidad

Las personas con discapacidad, o quienes tengan a su cargo a una persona con discapacidad, pueden deducir el 50% del IVA por la compra de un coche nuevo. El IVA en estos casos ya es reducido al 4% en lugar del 21%, haciendo esta deducción aún más significativa.

Desgravaciones para Autónomos

Los autónomos que usen el coche para trabajar pueden deducir:

  • El 50% de las cuotas pagadas (capital e intereses) y del IVA, ya sea que compren el coche o lo adquieran mediante renting.
  • El 100% del IVA si el coche se usa como herramienta de trabajo habitual, como en el caso de taxistas, conductores de transporte privado, representantes comerciales, transportistas y profesores de autoescuela.

También pueden deducir los gastos de mantenimiento y hasta el 50% del combustible, excepto los transportistas y taxistas, que pueden deducir el 100% del combustible utilizado para trabajar.

Declaración de las Ayudas del Plan Moves III

Las ayudas recibidas bajo el Plan Moves III deben declararse como ganancia patrimonial, lo que incrementará la base imponible y estará sujeto a gravamen según los tramos del impuesto.

Coches de Empresa

Las empresas pueden desgravar parte del coste de los coches. Si un empleado utiliza el coche tanto para trabajo como para uso personal, debe declarar el 20% del coste anual del coche como ingresos en especie. Si el coche es de renting, ese 20% se calcula sobre el valor de mercado.

Para coches eléctricos o híbridos enchufables con una autonomía superior a 15 km y un precio inferior a 40.000 euros, se aplica un 30% de descuento en la cantidad a declarar. Para coches híbridos, la reducción es del 15%, y para coches diésel o gasolina que emiten menos de 120 gr/km y cuestan menos de 25.000 euros, se puede desgravar un 15%.

Resumen

La gran novedad de este año es la deducción del 15% por la compra de vehículos eléctricos y la deducción de hasta 4.000 euros por la instalación de puntos de recarga en el domicilio. Las personas con discapacidad y los autónomos también pueden beneficiarse de varias deducciones fiscales. Las ayudas del Plan Moves III deben declararse como ganancia patrimonial y los coches de empresa utilizados para fines personales requieren declarar un porcentaje del coste como ingresos en especie

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